Divorcio con hijos menores

El divorcio con hijos menores es un tema particular que requiere ser atendido de la siguiente manera.

El divorcio con hijos menores

Cuando se inicia un proceso de divorcio en el que hay hijos menores del matrimonio ( bebés, niños pequeños o adolescentes ), se debe encarar este tema con mucha responsabilidad y cautela. Dependiendo el tipo de divorcio a iniciar (bilateral o unilateral) la solución puede ser solucionada mediante acuerdo entre las partes, o bien, discutida.

divorcio con hijos menores

Divorcio con hijos menores

Los menores en el divorcio bilateral

Cuando se inicia un proceso de divorcio bilateral y existen hijos menores de edad en común, hay que presentar un CONVENIO REGULADOR.  Debe contener algunas cuestiones referentes alimentos y cuidado de los menores.


VEA : En este video hay información sobre menores en el divorcio  bilateral

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¿ Que es un CONVENIO REGULADOR ?

Un convenio regulador es un acuerdo entre las partes. En el divorcio con hijos menores presentado de manera conjunta, los progenitores se pondrán de acuerdo respecto a algunos puntos que a continuación se detallan. Este convenio se redactara, lo firmaran ambas partes y se homologara ( es decir, se le dará validez) junto con el escrito de inicio de divorcio.

Que hay que tener en cuenta en el divorcio cuando hay hijos menores:

  • RESPONSABILIDAD PARENTAL: Anteriormente se lo llamaba PATRIA POTESTAD. Es el conjunto de deberes y derechos que tienen los padres por sobre la persona y bienes de sus hijos. Se ejerce hasta los 21 años
  • CUIDADO PERSONAL: Anteriormente se lo denominaba TENENCIA.

Es el conjunto de deberes y facultades que tienen los padres en la vida diaria de sus hijos.

El cuidado personal puede ser ejercido por un solo padre o por ambos. Si lo ejercen ambos se denomina «cuidado compartido».

Dependiendo si conviven o no con el menor.

El CUIDADO PERSONAL puede ser ALTERNADO o INDISTINTO. Sera alternado cuando el menor pasa un tiempo con cada padre y será indistinto cuando si bien el menor vive con uno de ellos, ambos padres toman las decisiones y comparten la labores.

  • DEBER DE COMUNICACIÓN: Anteriormente se lo denominaba “VISITAS”.

Es el derecho que tiene el padre que no convive con el menor, de tener una comunicación fluida con sus hijos. Salir a pasear, a comer, llevarlo a la escuela, al medico, compartir momento familiares, etc. Aquí es necesario armar un completo PLAN DE PARENTABILIDAD anteriormente llamado REGIMEN DE VISITA.

  • ALIMENTOS

Ambos padres tiene la obligación de prestarle alimentos a sus hijos menores de edad, convivan o no con el.

Se entiende por ALIMENTOS, todo lo concerniente a comida, educación, salud, vestimenta y esparcimiento.

La obligación es hasta que cumplen la mayoría de edad es decir 21 AÑOS.

Sin embargo, al hijo mayor de edad que se encuentre estudiante, se extiende la obligación hasta los 25 años.



Todos estos puntos deben estar detallados en el CONVENIO REGULADOR, poniéndose de acuerdo entre los padres.

Los menores en el divorcio unilateral

Cuando el divorcio es iniciado por una sola de las partes (sea cual fuere el motivo) se debe presentar ante el Juzgado, una propuesta sobre cómo entiende Ud. que se debe resolver las cuestiones referentes a los menores.

Presentará un plan de parentabilidad. Indicará cómo desea Ud. que se resuelva el tema de la responsabilidad. El cuidado personal. Las visitas. Los alimentos. En fin, todos los temas de los que se ha hecho mención en este artículo.

El otro cónyuge al ser notificado del inicio de divorcio puede tomar diferentes decisiones:

  • No presentarse. Si no se presenta con su letrado, habiéndo sido notificado, el divorcio seguirá su curso. Al guardar silencio, el Juez de la causa tendrá en cuenta su propuesta para solucionar el tema del divorcio cuando hay bebés, niños pequeños o adolescentes.
  • Presentarse y allanarse. Si se presenta y está de acuerdo con la propuesta, entonces esta, se homologará y tendrá validez. Las partes estarán obligadas a cumplir.
  • Presentarse y oponerse. Si el cónyuge demandado, no está de acuerdo puede presentar una CONTRAPROPUESTA indicando la manera que cree correcta para resolver estas cuestiones. En ese caso, al haber conflicto, el Juez de la causa le indicará a las partes que el tema de los menores DEBE ser tratado en un proceso judicial APARTE. El divorcio sigue adelante y se disuelve el vínculo, pero la cuestión de los hijos menores tendrá que tratarse en un proceso especial.

Lo ideal será que se pongan de acuerdo entre ustedes

Evitarán el estrés de la «lucha» judicial, y principalmente los niños, no sentirán toda la tensión y trastornos que puede traer tanto tiempo de conflicto por resolver.

Si no se ponen de acuerdo, estas cuestiones las decidirá un JUEZ!!! Si bien es gente especializada, ¿acaso no crees mejor resolverlo como adultos entre ustedes?. Por supuesto sabemos que en ocasiones el conflicto es tan fuerte, que llegar a un conflicto judicial parece ser, inevitable.


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Maria A. Cassini

Abogada recibida en la Universidad de Buenos Aires (UBA) en el año 2006. Inició su carrera laboral en el año 2003 trabajando para Defensa del Consumidor organismo oficial. Continuó formando experiencia en diferentes estudios, para finalmente iniciar su proyecto particular.

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4 Respuestas

  1. Nelson dice:

    Hola buenas días queremos el divorcio ambos estamos de acuerdo tenemos un hijo esta conmigo estamos en España y su madre esta en buenos aires
    Como puedo aser y cuando sería el coste gracias

  2. PATRICIA dice:

    CUANTO SERIA EL PORCENTAJE QUE ME COBRARIAN POR UNA DIVISION DE BIENES?

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